EL INTERÉS DEL MENOR POR ENCIMA DEL INTERÉS DEL FÚTBOL El Tribunal Supremo vino a declarar la nulidad del precontrato suscrito por los padres de un menor con el Fútbol Club Barcelona por resultar contrario a los límites inherentes al orden público en materia de contratación de menores. La Sala Civil del Tribunal Supremo, en […]

 EL INTERÉS DEL MENOR POR ENCIMA DEL INTERÉS DEL FÚTBOL

El Tribunal Supremo vino a declarar la nulidad del precontrato suscrito por los padres de un menor con el Fútbol Club Barcelona por resultar contrario a los límites inherentes al orden público en materia de contratación de menores.

La Sala Civil del Tribunal Supremo, en sentencia dictada con fecha 5 de febrero de 2013, declara la nulidad de un precontrato que los padres de un menor habían suscrito con el FC Barcelona. El menor, que posteriormente se incorporó al Real Club Deportivo Espanyol, SAD, fue demandado por el F.C Barcelona por incumplir los compromisos pactados (entre ellos, la duración de la relación laboral por un período de 10 años), reclamando el importe de la cláusula penal prevista en el precontrato  por importe de tres millones de euros.

Si bien la Audiencia Provincial de Barcelona estimó la reclamación del citado F.C Barcelona mediante sentencia dictada con fecha 6 de abril de 2010, el Tribunal Supremo revocó la citada sentencia declarando la nulidad del meritado precontrato de trabajo con la consiguiente nulidad de la cláusula penal prevista en el mismo.

El alto Tribunal considera que el contrato suscrito resulta “contrario a los límites inherentes al orden público en materia de contratación de menores, especialmente en lo referente a la tutela del interés superior del menor en la decisión sobre su futuro profesional como aspecto o presupuesto del desarrollo de su libre personalidad.”

Este autor añade además que, probablemente, la referida clausula penal podría incurrir igualmente en una nulidad de pleno derecho, si la cláusula penal prevista por importe de tres millones de euros resultaba desproporcionada en relación al salario a percibir por el jugador, como ya han tenido ocasión de declarar pacífica y reiteradamente nuestros Juzgados y Tribunales.

 

Carlos González Vega

Abogado

 

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