La Audiencia Provincial de Palma condena por delito fiscal a un jugador profesional de póquer que no declaró en su momento una ganancia de 532.000 euros en un torneo internacional en un casino de Cataluña.
La Audiencia Provincial de Palma confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Palma respecto a un jugador de póquer profesional que no declaró a la Agencia Tributaria un premio de 532.000 euros obtenido en un torneo internacional de cartas. El fallo de la sentencia, además de la condena de prisión, condena al jugador a abonar una multa de 400.000 euros y una indemnización de 230.110 euros más intereses a la Agencia Tributaria
La Audiencia confirma la condena con base a la acreditación de la siguiente prueba:
“1) persona que lleva viviendo 20 años en España, que ha tenido empresas de restauración y como tal ha tributado y que se dedica profesionalmente al póker como medio de vida; 2) que había realizado declaraciones anteriores de premios ganados en España; 3) que contaba con un gestor que le confirmaba el borrador; 4) que el premio ganado en Barcelona fue depositado en dicho casino con el fin de ocultarlo y no cumplir con las obligaciones fiscales, puesto que dicho casino, a diferencia del de Palma, no realizaba retenciones ni remitía información a Hacienda acerca de los premios.”
La sentencia de la Audiencia califica de “ingeniosas explicaciones” los argumentos de defensa esgrimidos en el recurso de apelación pues el recurrente alegaba que el Casino de Palma es el único de España, que practicaba él mismo las retenciones y que ello determinó el error del acusado quien pensó que el casino de Barcelona hacía lo mismo y que, por tanto, con el pago de la cuota de inscripción supuso que se estaba asumiendo por parte de la empresa organizadora la obligación de pago de impuestos.
La Audiencia rechaza contundentemente el razonamiento del jugador, argumentando que, en anteriores IRPF, el acusado había declarado premios obtenidos en el casino como ganancias patrimoniales por lo que difícilmente podía ahora negar el conocimiento de dicha obligación tributaria.
Asimismo, afirma la Audiencia, que “parece cuanto menos particular que un jugador profesional que participa en torneos mundiales y que gana premios de tal calibre no se preocupe del tema de la tributación, más bien, no se asegura de conocer si existe o no obligación de tributar cuando esa es la única ganancia y el único ingreso que tiene”.
Este autor espera que la difusión de esta sentencia –y otras similares- sirva para concienciar a los ciudadanos que “simpatizan” por el juego y las apuestas que los premios obtenidos deben ser declarados a la Agencia Tributaria. La tentación de no hacerlo puede conllevar drásticas consecuencias.
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