El TSJ confirma la competencia de los ayuntamientos en el asunto
El bienestar animal es hoy una de las banderas que goza de mayor aceptación social. Sin embargo, en ocasiones la tenencia de animales en las viviendas no se realiza con la debida responsabilidad y diligencia, provocando graves problemas de convivencia, ya sea por olores o ruidos. Hoy analizamos una reciente sentencia de un Tribunal Superior de Justicia, la cual desestima el recurso de una ciudadana disconforme con un requerimiento municipal. En dicho requerimiento, el Ayuntamiento de Murcia la conminaba al desalojo total de animales, a efectos de eliminar los malos olores provenientes de su casa.
En defensa de su tesis, la demandante alegaba que el Ayuntamiento carece de competencias para la medida adoptada y, además, resaltaba que no existe cobertura legal para restringir el número de perros que se pueden tener en una vivienda. Añadía que, en su concreto caso, es imposible imputar los olores a sus animales, toda vez que ni los policías, ni el veterinario municipal, accedieron al interior de su vivienda.
Pues bien, los magistrados rechazan de plano las referidas alegaciones y confirman, en todos sus extremos, la sentencia dictada por el Juez de primera instancia. Recuerda la Sala que no puede modificar los hechos probados, sustentados en los informes emitidos por la Policía Local y por el Veterinario municipal. Dichos informes son contundentes, en el sentido de acreditar que «en el dúplex de la actora olía a perro muerto». Y sobre dichos informes-razonan los magistrados-, «no pueden prevalecer los aportados por la actora, que son de parte y solamente acreditan que los perros están vacunados«.
En cuanto a las alegaciones consistentes en que el Ayuntamiento carece de competencia para el requerimiento de desalojo de animales, los magistrados discrepan y concluyen que el Ayuntamiento tenía competencia para adoptar las medidas impugnadas, incluida la prohibición de tener animales en la vivienda, de acuerdo con la Ley General de Sanidad 14/1986 y la Ordenanza municipal sobre Protección y Tenencia de animales de compañía.
Creemos que la sentencia da luz a una cuestión difícil de conciliar, pues los olores y los ruidos provenientes de los animales son, en demasiadas ocasiones, fuentes de graves conflictos de convivencia entre vecinos, muchos de los cuales soslayan su responsabilidad en la tenencia de sus mascotas.
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